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INGESA comienza a administrar la cuarta dosis de la vacuna contra la COVID-19: ¿Quién debe ponérsela?

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Llame o acuda a su centro de salud para administrarse la 4 dosis de la vacuna contra la COVID-19

Para que el paciente reciba la segunda dosis de refuerzo debe haber pasado al menos 5 meses desde la última dosis administrada.

Ceuta, 26 de septiembre de 2022. El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, a través de sus tres centros de salud, ha comenzado a administrar la segunda dosis de refuerzo de la vacuna contra la COVID-19. Los mayores de 80 años y personas que se encuentran en residencias serán los primeros en recibirla, además del personal sociosanitario. Una vez cubiertos estos grupos, se espera que los siguientes en recibirla sean los mayores de 60 años, y colectivos vulnerables (inmunodeprimidos, embarazadas, etc.)

Desde INGESA queremos hacer hincapié en la importancia de esta segunda dosis de refuerzo y recordamos que los usuarios que quieran vacunarse pueden hacerlo o bien acudiendo a su centro de salud o bien llamando a su centro solicitando cita previa. El horario de la administración de la vacuna es de 9.00 a 13.00, de lunes a viernes, y es necesario que, en caso de que hayan sido vacunado por parte de la consejería de Sanidad, presenten en su centro de salud un certificado donde se aclare la fecha, el lugar y el número de dosis administradas. Dicho certificado se le proporciona una vez que haya sido vacunado, tanto por parte de la consejería de Sanidad como por parte de INGESA.

La dosis de recuerdo se administrará independientemente del número de dosis recibidas con anterioridad, al menos 5 meses desde la última dosis administrada. 

La infección reciente no es una contraindicación ni una precaución para la vacunación frente a COVID-19. 

Por ello, en el caso de una infección reciente (con diagnóstico registrado) en personas de 80 y más años de edad, residentes en centros de mayores y personas con alto grado de inmunosupresión* se recomienda la administración de la dosis de recuerdo respetando un periodo de 3 meses tras la infección. En el resto de personas de este grupo el intervalo será de al menos 5 meses tras la infección. Esto incluye a las personas con síntomas prolongados posteriories a la COVID-19. 

Condiciones de riesgo consideradas para la vacunación con dosis de recuerdo frente a la COVID-19

  • Personas menores de 60 años de edad (ver límite inferior de edad en función de la considerada en la ficha técnica de las vacunas disponibles) con enfermedades crónicas cardiovasculares, neurológicas o respiratorias, incluyendo displasia bronco-pulmonar, fibrosis quística y asma.
  • – Personas institucionalizadas de manera prolongada
  •  Mujeres embarazadas en cualquier trimestre de gestación y mujeres durante el puerperio (hasta los 6 meses tras el parto y que no se hayan vacunado durante el embarazo en esta temporada 2022-2023)
  • Convivientes con personas con alto grado de inmunodepresión.
  • Personas menores de 60 años de edad (ver límite inferior de edad en función de la considerada en la ficha técnica de las vacunas disponibles) con:

o diabetes mellitus

o obesidad mórbida (índice de masa corporal ≥40 en adultos, ≥35 en adolescentes o ≥3

DS en la infancia)

o enfermedad renal crónica y síndrome nefrótico

o hemoglobinopatías y anemias

o hemofilia, otros trastornos de la coagulación y trastornos hemorrágicos crónicos, así

como receptores de hemoderivados y transfusiones múltiples

o asplenia o disfunción esplénica grave

o enfermedad hepática crónica, incluyendo alcoholismo crónico

o enfermedades neuromusculares graves

o inmunosupresión (incluyendo las inmunodeficiencias primarias y la originada por la

infección por VIH, por fármacos –incluyendo tratamiento con eculizumab-, en los

receptores de trasplantes y déficit de complemento).

o cáncer y hemopatías malignas

o implante coclear o en espera del mismo

o fístula de líquido cefalorraquídeo

o enfermedad celíaca

o enfermedad inflamatoria crónica

o trastornos y enfermedades que conllevan disfunción cognitiva: síndrome de Down,

demencias y otras. Se hará un especial énfasis en aquellas personas que precisen seguimiento médico periódico o que hayan sido hospitalizadas en el año precedente.

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