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Derechos y Deberes

Los usuarios del sistema sanitario tienen DERECHO a:
  • Recibir una atención sanitaria de sus problemas de salud, dentro de un funcionamiento eficiente de los recursos sanitarios dis­ponibles.

 

  • Respeto a su personali­dad, dignidad humana e intimidad, sin que pueda ser discriminada por razones de tipo social, económico, moral e ideológico.

 

  • Confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso, incluido el secreto de su estancia en centros y establecimientos sanitarios, salvo por exigencias que lo hagan imprescin­dible.

 

  • Recibir información completa y continuada, verbal y escrita, de todo lo relativo a su proceso, incluyendo diagnóstico, alternati­vas de tratamiento, riesgos y pronósticos en un lenguaje comprensible. En caso de que el paciente no quiera o no pueda manifiestamente recibir dicha información, ésta deberá proporcionarse a los familiares o personas legalmente responsables.

 

  • Libre determinación entre las opciones que le presente el responsable médi­co de su caso, siendo preciso su consentimiento expre­so previo a cualquier actuación, excepto en los siguien­tes casos:

– Cuando la urgencia no permita demoras.

– Cuando el no seguir tratamiento suponga un riesgo para la salud pública.

– Cuando exista imperativo legal.

– Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares o personas legalmente responsables.

 

  • Rechazar el tratamiento, excepto en los casos señalados en el punto 5, debiendo para ello solicitar el alta voluntaria en las condiciones que señala el punto 6 del apartado de Deberes.

 

  • Asignación de un médico, que será su interlocutor válido con el equipo asistencial. En caso de ausencia, otro facultativo del equipo asumirá la respon­sabilidad.

 

  • Quede constancia por escrito de todo su proceso. Esta información y las pruebas realizadas constituyen la historia clínica.

 

  • Correcto funcionamien­to de los servicios asistenciales y administrativos y a que la estructura de la institución proporcione unas condicio­nes aceptables de habitabilidad, higiene, alimentación, seguridad y respeto a su intimidad.

 

  • Que la hospitaliza­ción, en caso necesario, incida lo menos posible en las relacio­nes sociales y personales. Para ello, el hospital facilitará un régimen de visitas, comunicación y acceso a actividades que fomenten las relacio­nes sociales y el entretenimiento.

 

  • Conocer los cauces formales para presentar reclamaciones, quejas, suge­rencias y, en general, para comunicarse con las instituciones. Tiene derecho, asimismo, a recibir una respuesta por escrito.

 

  • Causar alta voluntaria tras firmar el documento correspondien­te, exceptuando los casos recogidos en el artículo 5 de los Derechos.

 

  • Agotar las posibilidades razonables de superación de la enfermedad. Además, se proporcionará la ayuda necesaria para la preparación ante la muerte en los aspectos materiales y espirituales.

 

  • Asistencia técnica correcta, con personal cualificado.

 

  • Aprovechamiento máximo de los medios dis­ponibles.

 

  • Asistencia con los mínimos riesgos, dolor y molestias psíquicas y físicas.

 

Los usuarios del sistema sanitario tienen DEBER de:
  • Colaborar en el cumpli­miento de las normas e instrucciones establecidas en las instituciones sanitarias.

 

  • Tratar con el máximo respeto al personal de las instituciones sanitarias, los otros enfermos y sus acompañantes.

 

  • Solicitar información sobre las normas de funcionamiento de la institución y los canales de comunicación (quejas, sugerencias, recla­maciones y preguntas). Debe igualmente conocer el nombre de su médico.

 

  • Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de las instituciones sanitarias.

 

  • Firmar el documento de alta voluntaria en los casos de no aceptación de los métodos de tratamiento.

 

  • Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario, fundamentalmente en lo que se refie­re a la utilización de servicios, procedimientos de baja laboral o incapacidad permanente y prestaciones farma­céuticas y sociales.

 

  • Utilizar las vías de reclamación y sugerencias.

 

  • Exigir que se cumplan sus derechos.

 

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